Determinar la norma jurídica aplicable en caso de un conflicto de leyes o de
competencia judicial, es decir, que esta rama del Derecho decide qué norma
jurídica es la que prevalece entre todas aquellas que concurren a un caso
particular.
miércoles, 12 de febrero de 2014
martes, 9 de abril de 2013
TAREAS 2da TEMPORADA
1.- Conflicto de Leyes
Cada uno de ustedes deberá elegir uno de los países que se enlistan a continuación y publicar como comentario cuál país han elegido. Dependiendo del país que elijan, deberán investigar qué ordenamiento es el que rige el tema de nacionalidad en el mismo y cuáles son las condiciones que se establecen en él para tener la nacionalidad originaria. 1.-MÉXICO 2.- ARGENTINA 3.- CHILE 4.- FRANCIA 5.- ESPAÑA 6.- ITALIA 7.- ALEMANIA 8.- PERÚ 9.-BRASIL 10.- GRECIA 11.- JAPÓN 12.- FILIPINAS 13.- REINO UNIDO 14.- INDIA 15.- SUDÁFRICA 16.- PAÍSES BAJOS 17.- RUSIA 18.- DINAMARCA 19.- ISRAEL 20.- LÍBANO
-Recuerden que nadie puede repetir ningún país.
-La siguiente tarea deberá ser presentada con carátula y en hojas vedes para el lunes 15 de abril.
-Recuerden que nadie puede repetir ningún país.
-La siguiente tarea deberá ser presentada con carátula y en hojas vedes para el lunes 15 de abril.
sábado, 23 de febrero de 2013
3. LA NACIONALIDAD
domingo, 27 de enero de 2013
1.1. CON QUÉ SE COME
¿Con qué se come?
Durante los siguientes meses, el profesor estará frente a ti hablando de Derecho Internacional Privado, pero ¿Sabes en realidad qué es el Derecho Internacional Privado?.
Más allá de un concepto acartonado, debes saber que el Derecho Internacional Privado, no es otra cosa que la consecuencia directa de la movilidad o tránsito de personas con distintas nacionalidades hacia países de los que no son originarios, pues estos cambios de residencia implican no sólo el manejo de un nuevo código postal o un uso horario distinto, sino que entraña la asimilación y observancia de nuevas normas y ordenamientos jurídicos para quien llega a un Estado como extranjero, así como la creación de vínculos sociales, jurídicos o comerciales entre personas de distintas nacionalidades sometidas a diversas jurisdicciones.
En la actualidad y debido al intenso fenómeno de la globalización, se le utiliza como un mecanismo para facilitar la solución de conflicto de leyes de distinto origen.
BIENVENID@
Hola:
¿ Qué hizo Montiel para traer a sus hijos desde Francia y mantenerlos en México aún en contra de la voluntad de su ex esposa ?
¿Te has puesto a pensar que a lo largo de nuestra vida, los seres humanos damos origen a un sinnúmero de hechos y actos jurídicos que generan múltiples consecuencias y nos vinculan de una u otra forma con el lugar en el que nos encontramos?
Así por ejemplo nacer en un territorio determinado nos hace nacionales de un país, establecernos en cierto lugar nos obliga al pago de ciertos impuestos o contribuciones y en otros casos -los menos- nos exime del pago de gravámenes de carácter local.
Y así como los ejemplos anteriores, la celebración de un matrimonio civil, el fallecimiento de alguna persona, o la constitución de una sociedad, son actos y hechos jurídicos que suceden en todas partes y a cada momento sin importar el lugar en el que se presenten, debido a ello, el Derecho Internacional Privado tiene como finalidad definir con precisión cuál es la ley que debe aplicarse en cada caso, indicando cuál norma y qué autoridad son competentes para regular y decidir una situación concreta.
¿Un matrimonio celebrado en el Distrito Federal entre una pareja del mismo sexo, puede ser válido en Canadá?
Si al difunto Papa Juan Pablo II, no le hubiera bastado sentirse mexicano, y hubiera querido ser en verdad mexicano, ¿Qué hubiera tenido que hacer?
Durante nuestro curso de Derecho Internacional Privado trataremos de dar respuesta a éstas y otras preguntas, para lo cual necesito de tu participación y de que te mantengas pendiente de lo que se analice en clase y este espacio.
GRACIAS.
lunes, 3 de septiembre de 2012
EXPOSICIONES
BIBLIOGRAFÍA SUGERIDA
Si bien es cierto que durante nuestro curso hemos aportado algunos elementos para la comprensión aceptable del Derecho Internacional Privado, también es cierto que todo cuanto podamos decir en clase será tan sólo un resumen de aquellos estudios e ideas aportadas por los expertos en nuestra materia.
En atención a lo anterior y esperando te sea útil para la realización de tus tareas y exposiciones, es preciso mencionar que nuestro curso y su contenido se basan entre otros, en las siguientes obras:
- Derecho Internacional Privado. Pérez Nieto Castro, Leonel. México, Textos Universitarios.
- Derecho Internacional Privado. Guerrero, Sergio. México, Miguel Porrúa, 2006
- Derecho Internacional Privado. Arellano García, Carlos. México, Porrúa, 2004.
viernes, 2 de marzo de 2012
ASISTENCIAS
Una imagen vale más...
A partir de este momento, se hace de tu conocimiento que desde la segunda semana de clases (3 de febrero) la dinámica para capturar las asistencias de los días LUNES, atenderá a lo que las imágenes reflejen.
Hora: 17:00-19:00
Presentes: ? alumnos
Con falta: ? alumnos
Asistencia correspondiente al miércoles 24 de abril de 2013
Hora:20:30-22:30
Presentes: 16 alumnos
Con falta: 7 alumnos
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