lunes, 21 de abril de 2014

UNIDAD 6: APLICACIÓN DE NORMAS EXTRANJERAS

6.1. Naturaleza Jurídica de la aplicación del Derecho Extranjero


Cuando hablamos de normas extranjeras, nos referimos a aquel conjunto de ordenamientos jurídicos vigentes en otro espacio, en otro ámbito y en otros territorios. 

Bajo ese entendido, las normas extranjeras son aquellas que no han sido pensadas para México y que, por consecuencia no tienen  fuerza imperativa o aplicación en nuestro territorio.

Como hemos dicho muchas veces en nuestro curso, no hay nada de malo en el hecho que Francia tenga su propia legislación y que Marruecos tenga otra diferente, pues en ejercicio de su soberanía y atendiendo a sus propia realidad y circunstancias, cada Estado puede adoptar para sí mismo el orden normativo que mejor convenga a sus intereses.

Ya que cada legislación circula o transita por su propio carril no importa que otras legislaciones vengan en sentido contrario, pues mientras no invadan el carril de al lado, no afecta tampoco sus intereses. 

Sin embargo, cuando un elemento que está presente en una situación jurídica, involucra o demanda la injerencia o conocimiento de más de una legislación, se produce una colisión o choque entre legislaciones que suele agravarse cuando el Derecho Interno o el orden jurídico de cada Estado admite o permite que una norma extranjera pueda aplicarse dentro de su ámbito territorial. 



jueves, 6 de marzo de 2014

UNIDAD 4: EXTRANJERÍA

MIGRACIÓN

El cruce de fronteras, tiene al menos dos detonantes: el TURISMO y la MIGRACIÓN.

El turismo internacional, implica tan sólo el desplazamiento temporal de las personas desde su país a otro, con el propósito de conocer lugares en particular, descansar, recibir tratamientos médicos o realizar actividades de esparcimiento que no pueden realizar en sus propios países, pero en el entendido que no se establecerán en el país que han visitado.


La migración en cambio, es un fenómeno muy complejo que se ocupa de la salida de personas de sus países, el tránsito de éstas por otros países en los cuales no piensan quedarse, así como de la llegada y estancia de los extranjeros en un país. (EMIGRANTE-MIGRANTE-TRANSMIGRANTE-INMIGRANTE E INMIGRADO)

Ahora bien, los extranjeros que hoy por hoy radican en México, no caen del cielo, ni se arrojan desde los aviones antes de que estos aterricen, sino que ingresan por los puntos de entrada y control establecidos por nuestra legislación, pues no debes olvidar que cada país en uso de su soberanía tiene el derecho de decidir quién puede y quién NO puede entrar a su territorio y para ello establece una serie de disposiciones y lugares de acceso de los extranjeros a México.(Hay países  que por medio de tratados internacionales han acordado que sus ciudadanos tienen libre paso Comunidad Andina, Espacio Schengen, hay otros como Estados Unidos que permiten la llegada pseudo clandestina de ciertos extranjeros a su país –Ley Pies Secos- )

Quien entra a un país de conformidad con el marco regulatorio de éste lo hace de forma legal, pero quien lo hace de manera Clandestina, lo hace de manera ilegal.

Salvo el caso de algunos  emigrantes mexicanos y centroamericanos que ingresan a Estados Unidos o el caso de los habitantes del continente africano que llegan por miles a España e Italia, los extranjeros están sujetos a las condiciones que les impone cada Estado para ingresar, viajar, trabajar, comprar y vivir dentro de sus fronteras.


A este conjunto de condiciones que son observables para los extranjeros, se le conoce como: SISTEMA JURÍDICO DE TRATO A EXTRANJEROS.



Lic. Guillermo Gustavo Flores-Chacón

miércoles, 5 de marzo de 2014

TAREAS MARZO 2

Entrando a México


El lunes entrante, abordaremos el tema concerniente a extranjería, para ello requeriremos del análisis de la legislación migratoria vigente en el Estado Mexicano y desde luego, de la realización de nuevas dinámicas.


Por lo anterior, el profesor te requiere presentarte con tu pasaporte, y elegir entre los siguientes paquetes turísticos.


Tan pronto elijas un plan de viaje, colócalo en la parte inferior.


UNO: 

DOS:


TRES:

TAREAS MARZO

DINÁMICA DE EQUIPOS DIPRIV 0802.


REGLAS

  1. Cada uno de ustedes deberá integrarse con otro de sus compañeros para integrar una dupla
  2. Cada pareja integrará un despacho, firma o consorcio al que deberán darle nombre
  3. A partir del mes de marzo de 2014, el profesor comenzará a presentar casos prácticos mismos que deberán ser resueltos por cada despacho.   
  4. Cuando un equipo no tenga la posibilidad de resolver el caso planteado, el profesor, lo turnará a otro despacho.
  5. En adelante, cada uno de los integrantes del despacho, responderá también por las tareas y trabajos que le correspondan a su pareja.
  6. Por excepción, se permitirá la existencia de dos (2) equipos con tres integrantes.  

El plazo para el registro de sus Firmas o Despachos vence este jueves 6 de marzo en punto de las 14:00 horas.

Aquellos de ustedes que no se hayan dado de alta en tiempo y forma, deberán acatar la designación que realice el profesor.  

lunes, 24 de febrero de 2014

TAREAS

Estimada Clientela: 


La tarde de este lunes abordamos, entre otros, el tema correspondiente a los sistemas de adjudicación de la Nacionalidad.  


Solo para asegurar la comprensión plena del tema, deberán elegir a alguno de los personajes que se indican a continuación y comunicarlo al profesor, en la parte de comentarios. 


Cuando definan el personaje, deberán darse a la tarea de buscar su biografía y tan pronto la lean, su tarea consistirá en indicar en una hoja amarilla qué nacionalidades le corresponden a su personaje y cuáles son los sistemas por los cuáles gozan de cada nacionalidad.  


Recuerden que las primeras 5 personas que registren su personaje, tiene derecho a trabajar en pareja. 


El resto, es decir los siguientes ocho (8) trabajarán en forma individual, y los que tarden más tiempo, quedarán sin personaje a desarrollar, pues solo he dejado 13 a su disposición.    

1.- Barack Obama  

2.- Arnold Schwarzenegger  

3.- Lupita N´yongo  

4.- Príncipe Felipe de Borbón  

5.- Madonna

6.- Frida Kahlo

7.- Carlos Gardel  

8.- Ludwika Paleta 

9.- Emilio Azcáraga Jean  

10.-Carlos Slim Helú 

11.- Joaquín López-Doriga 

12.- Nery Castillo 

13.- Christina Aguilera



El plazo para el registro y selección de países vence el días martes 25 a las 14:00 horas.  



Lic. Guillermo Gustavo Flores-Chacón

domingo, 16 de febrero de 2014

TAREAS

DINÁMICA 

Estimada Clientela: 


Con las cartulinas que han comprado, deberán recortar un rectángulo de 18cm de largo por 12cm de alto. 


Una vez tengan recortado el rectángulo, dóblenlo por la mitad e inserten una hoja de papel blanco o amarillo de las mismas dimensiones, al interior de la cartulina, como si fuese una libreta. 


La hoja deberá estar pegada o engrapada a la cartulina. 


Enseguida, elijan uno de los países que aparecen en esta lista, y tan pronto se definan por uno, haganlo saber al profesor, en la parte correspondiente a comentarios.


Ninguno de ustedes deberá repetir su país.    


1.- Arabia Saudita 2.-Bolivia 3.-China 4.-Cuba 5.-República Dominicana 6.-Ecuador 7.- Egipto 8.-El Salvador 9.- Filipinas 10.-Guatemala 11.- Rusia 12.- Honduras 13.- Haití 14.- Irán 15.- India 16.- Pakistán 17.-Sudáfrica 18.- Portugal 19.- Suecia  20.-Turquía  21.- Estados Unidos 22.- Uruguay  


Tan pronto hayan elegido el país que corresponda, se darán a la tarea de ubicar el escudo de esa nación y lo pegarán sobre la cara izquierda de su "libreta" de cartulina.  


El plazo para el registro y selección de países vence el día martes 25 a las 14:00 horas.  



Lic. Guillermo Gustavo Flores-Chacón

 


  

miércoles, 12 de febrero de 2014

1.2. OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Determinar la norma jurídica aplicable en caso de un conflicto de leyes o de competencia judicial, es decir, que esta rama del Derecho decide qué norma jurídica es la que prevalece entre  todas aquellas que concurren a un caso particular.
Determinar el orden jurídico aplicable al caso concreto, cuando éste supone la injerencia o conocimiento de un mismo asunto por 2 o más órdenes normativos de diferentes Estados.